El TS acuerda que los trabajadores no tendrán que pagar tasas judiciales pero las empresas sí.
extraído de laboro-spain.blogspot.com
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¿Que por qué? Pues porque lo ha dicho el TS y a callarse todo el mundo. No todos los días hay buenas noticias, ¿verdad? Feliz fin de semana.
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Como
todos los suscriptores
y lectores de Laboro sabéis, desde hace pocos meses están en vigor las famosas
tasas judiciales; es decir pagar un dinerito por demandar y/o recurrir ante un
juzgado. Ya se explicó en un artículo anterior que en
los casos laborales no había tasas para la demanda, lo cual suponía una
gran ventaja frente a otros jurisdicciones. Pero sí que las había para
presentar el recurso de suplicación ante el TSJ de la Comunidad Autónoma y el
de casación ante el TS.
Las había, pero desde ayer no las hay y ademas de forma retroactiva. Es decir
que los trabajadores, funcionarios y sindicatos no tendrán que pagar
tasas judiciales en ningún caso dentro de la jurisdicción social (laboral);
pero las empresas sí. Tampoco en el caso de demandas
pendientes, sea cual sea la fecha en la que se pusieron.
¿Que por qué? Pues porque lo ha dicho el TS y a callarse todo el mundo. No todos los días hay buenas noticias, ¿verdad? Feliz fin de semana.